- En un folleto accesible en el que se detalla la función y alcance de los MIS.
Madrid, 31 de julio de 2024. El Comité Español Representante de Personas con Discapacidad (CERMI) ha explicado qué son y cómo funcionan los mecanismos independientes de seguimiento (MIS) de la Convención de la ONU de las Personas con Discapacidad en un documento explicativo.
El CERMI está desarrollando una campaña de formación y difusión en los grupos de interés de las personas con discapacidad sobre los MIS de la aplicación de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para que este tratado internacional de derechos humanos sea más conocido y cercano y se pueda acudir a él para invocarlo y que sirva de defensa ante posibles violaciones o vulneraciones. Dentro de esta campaña, el CERMI ha elaborado y editado un folleto accesible sobre la función y alcance de los MIS.
En el folleto se específica qué es un mecanismo independiente de seguimiento, cómo funcionan los mecanismos independientes en el ámbito de los derechos humanos, y qué requisitos deben cumplir. En este punto, se hace hincapié en que estos mecanismos deben ser “independientes y asegurar la pluralidad y la participación de las personas con discapacidad y sus organizaciones representativas”. Asimismo, en este folleto se detalla qué significa que sean independientes de acuerdo con los parámetros ofrecidos por la ONU, diferenciando entre independencia funcional, financiera y sustantiva.
De igual modo, el documento dedica un apartado concreto a la diversidad y la inclusión de las personas con discapacidad en el que se explica cómo deben estar compuestos los mecanismos, el papel que cumplen las personas con discapacidad y qué ocurre exactamente con las mujeres con discapacidad. “Las mujeres con discapacidad deben estar representadas en el liderazgo y se debe facilitar la participación de niños con discapacidad y personas con discapacidades complejas. Algunos Estados designan organizaciones de personas con discapacidad como parte de los mecanismos de seguimiento” reza el folleto.
Además, en el documento se detallan las funciones de los MIS. Entre ellas se encuentran las de promover, proteger y supervisar los derechos de las personas con discapacidad a escala nacional. Una supervisión que se lleva a cabo con el uso de indicadores de derechos humanos y que permite mejorar la función de monitoreo de la CDPD. “Los mecanismos independientes deben extender su supervisión a los actos y omisiones tanto de las entidades públicas como privadas”, aclara el documento.
La participación de las personas con discapacidad en los MIS también se aborda en este folleto, señalando que esta participación debe ser “significativa y diversa”. Además, en el documento se trata la relación que existe entre los MIS. y el Comité de la ONU manifestando que “se apoyan mutuamente para establecer en qué medida los Estados garantizan, promueven y protegen los derechos de las personas con discapacidad”.
En el documento explicativo también se dedica un apartado íntegro a explicar las diferencias con otros mecanismos nacionales. “Los mecanismos nacionales para la presentación de informe y el seguimiento son entes públicos o entidades dentro de la estructura gubernamental, mientras que los mecanismos independientes de seguimiento operan de manera autónoma” aclara el texto.
En España son mecanismos independientes de seguimiento de la Convención el CERMI y el Defensor del Pueblo. En este documento se explica qué funciones cumplen y cómo llevan a cabo esta labor. En concreto, desde CERMI se articula a través de una delegación permanente de derechos humanos y para la Convención, así como de un Comité de apoyo, como instancia experta, abierto a la sociedad civil, que respalda y asiste al CERMI en esta tarea.