El CERMI señala los derechos económicos, sociales y culturales como horizonte de efectividad de los derechos humanos de las personas con discapacidad

¿Qué pedimos desde el movimiento social de la discapacidad al nuevo Gobierno en materia de derechos económicos, sociales y culturales?

Argumentario del CERMI Estatal 2019

Tras las elecciones generales del 28 de abril y las autonómicas y municipales del 26 de mayo, la necesidad de incorporar, en la agenda de los nuevos gobiernos, las recomendaciones y exigencias de Naciones Unidas se vuelve una urgencia.En 2018, el Comité de derechos económicos, sociales y culturales de Naciones Unidas (DESC) examinó el sexto informe periódico de España y mostró su preocupación por la persistencia de políticas y leyes en el Estado español que vulneran los derechos recogidos en el Pacto. Una cuestión que volvía a reiterar el Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) en marzo de 2019.

Recordamos al nuevo gobierno del Estado que, como señala la Constitución española y el Tribunal Supremo (en su sentencia nº 1263/2018), los Tratados y Convenciones de Derechos Humanos ratificados por el Estado español son de obligado cumplimiento. El Derecho Internacional de los derechos humanos es la base para el desarrollo normativo y político de las leyes y la política pública del Estado español, independientemente de la ideología y los acuerdos programáticos.

Las personas con discapacidad y otros grupos que han sido discriminados tienen mayores dificultades de acceso a derechos fundamentales como la sanidad y la educación aun en países con renta elevada. Esa situación de partida explica la elaboración de nuevos instrumentos internacionales como el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer que entró en vigor en el año 2000 y la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en vigor desde el año 2008.

Para combatir los efectos negativos de la desigualdad en derechos humanos, es necesario dotarse de un marco exigente y actualizado en materia de no discriminación que recoja expresamente la discriminación múltiple e interseccional, así como el carácter discriminatorio de la denegación de ajustes razonables. El carácter progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales no implica que no existan obligaciones de carácter inmediato, entre ellas, la no discriminación.

El CERMI y sus organizaciones instamos a todos las formaciones políticas  con representación parlamentaria que incorporen como políticas prioritarias y de urgencialas recomendaciones del Sexto Informe citado para a llevar a cabo las medidas legislativas y políticas en cumplimiento con sus obligaciones jurídicas derivadas del derecho Internacional de los Derechos Humanos:

  1. Reformar la Constituciónpara atribuir a los derechos sociales, económicos y culturales la condición de derechos fundamentales para que gocen de las mismas garantías jurisdiccionales que los derechos civiles y políticos y para no supeditar el gasto social al principio del equilibrio presupuestario y establecer mecanismos para que todos los grupos sociales que históricamente han sido víctimas de discriminación cuenten con mecanismos de protección frente a violaciones de derechos causadas por la situación de desigualdad.

De igual manera, es imprescindible una reforma de alcance del artículo 49 de la Constitución Española que incluya, además de una terminología alineada con el espíritu de la misma, personas con discapacidad, una mención expresa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

  1. Establecer un procedimiento eficaz para la ejecución de los dictámenes y las recomendacionesde los órganos de los Tratados y Convenciones del Derecho Internacional de los derechos Humanos ratificados por el Estado español en los Tribunales internos, y por tanto, de carácter vinculante.
  2. Poner fin alasmedidas de austeridadque se decían “temporales” para el contexto de crisis económica y financiera, que no han protegido el contenido mínimo del derecho y que continúan afectado de manera desproporcionada a los derechos de las personas con discapacidad. Se elimine también el sistema de copago de todos los servicios necesarios para la vida independiente en la comunidad, y garantice el pleno acceso a ellos de las personas con discapacidad, derogando los copagos y recortes derivado del Real Decreto-ley 16/2012.
  3. Establecer las garantías procesales, sancionadoras e institucionales para garantizar que todas las personas gocen de una igualdad real y efectiva.
  4. A pesar de algunos progresos normativos a escala estatal, la regulación en vivienda sigue sin acomodarse totalmente a los mandatos de los tratados internacionales de derechos humanos. Estos progresos normativos deben ser completados, en desarrollo de la Observación General nº 4 del PIDESC, para otorgar a la accesibilidad su función esencial como parte del contenido del derecho humano a la vivienda. Una cuestión sobre la que han vuelto a instar a actuar a España los comités de la CDPD y DESC (2019 y 2018).
  5. Impulsar y aprobarmedidas legislativasnecesarias para respetar, proteger y garantizar los derechos recogidos en el Pacto, entre ellas las siguientes:
  • Ley integral de no discriminación para establecer las garantías procesales, sancionadoras e institucionales necesarias para garantizar que todas las personas gocen de una igualdad real y efectiva, que haga tangible una igualdad básica en el disfrute de los derechos sociales.
  • Ley estatal de vivienda para garantizar el derecho a la vivienda digna, social, asequible y accesible.
  • Renovación y actualización del marco normativo actual mediante una Ley de Inclusión Laboral de las Personas con Discapacidad.
  • Reforma de la LOE/LOMCE para garantizar el derecho a la educación inclusiva de las personas con discapacidad.
  • Estrategia para la desinstitucionalización y de un plan de acción para impulsar la vida independiente para todas las personas con discapacidad en su comunidad.
  • Reforma del Código civil para restaurar la capacidad jurídica plena de las personas con discapacidad para que puedan reclamar sus derechos económicos, sociales y culturales.
  • Poner atención a las posibles reformas de los Estatutos de Autonomía para que los derechos económicos, sociales y culturales tengan la máxima garantía de protección
  1. Adoptar las políticas públicasnecesarias para hacer efectivos los derechos reconocidos en el Pacto, entre ellas:
  • Aumentar el gasto público en salud y educaciónpara garantizar la inclusión, disponibilidad, accesibilidad, asequibilidad, aceptabilidad y calidad del sistema educativo y el sistema de salud, para todas las personas sin discriminación alguna. Poniendo especial atención a promover la información accesible en el sistema de salud.
  • Garantice en la práctica la accesibilidad y disponibilidad de los servicios de salud sexual y reproductivapara todas las mujeres y adolescentes.
  • Garantice el acceso universal y gratuito de todos los niños y niñas con discapacidad a los servicios de atención temprana y desarrollo infantil.
  • Reclamar un espacio sociosanitario
  • Impulsar un plan de accesibilidad universal y de apoyos en la administración dejusticia para eliminar las barreras a la hora de reclamar los DESC.
  • Revindicar a las personas con discapacidad como creadores de culturay asegurar que los programas, espacios y servicios culturales sean accesibles.
  • Reivindicar procedimientos ágiles en el reconocimiento de la condición de discapacidadde las personas, que posibilite la reclamación de garantías para el acceso a los derechos sociales por las personas con discapacidad.
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