Las modificaciones operadas en la Ley de Propiedad Horizontal por el Real Decreto-Ley aprobado ayer por el Consejo de Ministros en materia de vivienda, suponen avances en relación con la accesibilidad, pero quedan aún lejos de satisfacer todas las demandas del sector social de la discapacidad articulado en torno al Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).
Tanto la medida de que las obras y actuaciones de accesibilidad en los edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal sean obligatorias, con independencia de la cuantía de las mismas, si existe ayuda pública de al menos el 75 % del coste, como la elevación del fondo de reserva de la comunidad de propietarios y la posibilidad de destinarlo a sufragar inversiones de accesibilidad, eran algunas de las demandas de mejora que el CERMI había trasladado a la Secretaría General de Vivienda del Ministerio de Fomento, en una reunión reciente, y que han sido recogidas en el Real Decreto-ley adoptado ayer por el Gobierno.
Por el contrario, no han sido tomadas en cuenta otras demandas del CERMI como la rebaja de la mayorías requeridas para adoptar acuerdos sobre cuestiones de accesibilidad en el seno de las juntas de propietarios o el mandato al Gobierno para que refundiera en un texto único la vigente Ley de Propiedad Horizontal y la Ley sobre límites del dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas, del año 1995, para regularizar, aclarar y armonizar ambas disposiciones normativas.
A pesar de estos avances operados por el Gobierno, que pueden tener recorrido para que las obras y actuaciones de accesibilidad sean más fáciles de llevar a término que en estos momentos, la solución completa pasa por la eliminación del límite de ingresos de la comunidad por cuotas comunes (12 meses en la actualidad) para que la obra sea obligatoria o no. Las actuaciones de accesibilidad han de llevarse a cabo, con independencia de su coste y de los ingresos, cuando las pida un vecino con discapacidad o mayor de 70 años, por tratarse siempre de un deber legal indeclinable de la comunidad.
Dado que se trata de un Real Decreto-ley, que ha de ser convalidado por el Congreso de los Diputados, y puede, si así lo decide la Cámara, tramitarse como proyecto de Ley, el CERMI pedirá a los grupos que se siga como iniciativa legal ordinaria, a fin de que se presenten enmiendas que amplíen su objeto, y se dé así satisfacción a todas las demandas del movimiento de la discapacidad.
Este modificación legal es bien recibida por el CERMI, por cuanto favorece la accesibilidad al bien básico de la vivienda a las personas con discapacidad y personas mayores, mandato de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, pero resulta insuficiente para considerar resuelto los problemas de regulación normativa que sigue provocando la vigente Ley de Propiedad Horizontal.