- Así queda reflejado en su “Documento de procedimiento sobre prevención y respuesta contra el acoso y la violencia hacia las personas LGTBI+ en el ámbito laboral del CERMI”
- El documento ha sido adoptado esta mañana en la reunión ordinaria del Comité Ejecutivo del CERMI Estatal que se ha desarrollado de manera telemática, y ha estado presidida por el presidente del CERMI, Luis Cayo Pérez Bueno
- Para el CERMI tiene no puede darse “ningún margen de tolerancia ante cualquier forma de discriminación, acoso o violencia por esta causa”
- Enlace al documento:
Madrid, 24 de octubre de 2024. El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), toma posición corporativa alineándose con la igualdad y la no discriminación mediante la adopción de su “Documento de procedimiento sobre prevención y respuesta contra el acoso y la violencia hacia las personas LGTBI+ en el ámbito laboral del CERMI”.
Este documento ha sido aprobado esta mañana en la reunión ordinaria del Comité Ejecutivo del CERMI Estatal que se ha desarrollado de manera telemática, y ha estado presidida por el presidente del CERMI, Luis Cayo Pérez Bueno.
El objetivo del protocolo es que sea una herramienta que permita identificar, prevenir y abordar cualquier situación que vulnere los derechos de las personas LGTBI+ en el ámbito laboral. De esta manera, el CERMI amplía sus otras iniciativas estratégicasque ha desarrollado, como el Plan de Igualdad, su Código Ético o el Plan de Bienestar Mental, entre otros, que busca mejorar el entorno laboral para los colectivos más vulnerables.
Debido al número de personas trabajadoras del CERMI -menos de 50 personas trabajadoras-, no resultan de aplicación ni la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales (LGTBI+), ni su desarrollo reglamentario cristalizado en el reciente Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas.
Sin embargo, con esta decisión, el CERMI asume “la responsabilidad de garantizar un entorno laboral inclusivo, seguro y respetuoso, donde la diversidad se valore como un elemento esencial para el enriquecimiento personal y profesional de todas las personas que lo conforman”. Destaca que las situaciones de acoso y violencia sexual hacia las personas del colectivo LGTBI+ suponen graves consecuencias tanto a nivel personal como organizacional.
Este protocolo establece las “pautas de prevención y/o atención en situaciones de acoso y violencia contra las personas LGTBI+ en el entorno laboral del CERMI”, que será de aplicación para su equipo humano, quienes integran los órganos de gobierno y sus estructuras de apoyo, y las personas colaboradoras de la organización.
Igualmente, la entidad se compromete a cumplir y a aplicar dicho documento basándose en principios como, por ejemplo, el compromiso de prevenir y no tolerar el acoso en todas sus formas y modalidades, el tratamiento de una manera reservada las denuncias que se puedan producir, o la implicación del Comité de Igualdad y Comisionada de Igualdad del CERMI y de sus órganos de gobierno para el desarrollo de acciones formativas e informativas que tengan como objetivo la prevención de determinadas conductas.
En el apartado quinto del documento se han definido conceptos relacionados con el acoso y/o violencia contra las personas LGTBI+. Primero se exponen definiciones recogidas en la Ley 4/2023, como son orientación sexual, persona trans, bifobia o familia LGTBI. A continuación, se determinan diferentes modalidades de discriminación, entre las que se encuentran la discriminación indirecta, el acoso discriminatorio o la represalia discriminatoria. También se distinguen en el protocolo los tres tipos de acoso que existen, descendente, ascendente y horizontal.
Para finalizar el CERMI expone una serie de conductas que podrían ser constitutivas de acoso y/o violencia contra las personas LGTBI+ en el entorno laboral, las cuales pueden ser verbales (burlas, rumores…), no verbales (obstaculización del movimiento…), de carácter sexual (comentarios, preguntas invasivas…), o ambientales (políticas discriminatorias, desigualdad en oportunidades…).
El protocolo incluye un procedimiento de actuación que debe seguirse ante situaciones de acoso y/o violencia contra las personas LGTBI+ en el ámbito laboral de CERMI, con unas pautas determinadas, pudiendo presentar una queja o denuncia formal tanto telemática como físicamente a la organización, de la cual se encargará el Comité de Igualdad y Comisionada de Igualdad, quien, junto con Asesoría Jurídica evaluará la situación. Posteriormente, la dirección del CERMI será la encargada de tomar una decisión al respecto.
La entidad reivindica la imperiosidad de erradicar “el menor margen de tolerancia ante cualquier forma de discriminación, acoso o violencia”, ya que es fundamental para garantizar el respeto mutuo y la seguridad en el entorno laboral.