La Justicia admite a trámite la demanda del CERMI contra el Ayuntamiento de Madrid para que los carriles-bici que ocupan aceras pasen a la calzada

  • Acción de litigación estratégica en defensa de los derechos de las personas con discapacidad

Madrid, 11 de junio de 2024.  EL Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Madrid ha admitido a trámite la demanda del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) contra el Ayuntamiento de Madrid en la que se pide se obligue a la corporación local a instalar en la calzada los carriles-bici que aún ocupan aceras, por el peligro que suponen para los viandantes con discapacidad y mayores.

El Juzgado da 20 días al Consistorio madrileño para que remita el expediente completo a fin de que las partes puedan preparar convenientemente sus escritos completos de demanda.

En fase administrativa, el CERMI se dirigió al Ayuntamiento de Madrid instándole a cumplir la Ley que establece que todos los carriles-bici deben estar instalados en las calzadas, y no en las aceras, que se reservan en exclusiva para los peatones.

A esta solicitud formal, el Ayuntamiento de Madrid no ha respondido por lo que transcurridos los plazos legales se abrió la posibilidad de acudir a la Justicia, facultad que ha ejercido el CERMI como actuación de litigación estratégica en defensa de los derechos de las personas con discapacidad.

La norma de circulación y seguridad vial vigente comporta que todos los nuevos carriles ciclistas deben ir en las calzadas, y que los ya existentes en aceras deben ser reubicados.

El Ayuntamiento de Madrid no está cumpliendo este deber de reubicar en calzada los carriles-bici anteriores, por lo que el CERMI acude a la Justicia para que haga observar los mandatos legales.

El CERMI defiende la movilidad urbana sostenible, que es perfectamente conciliable con el respeto y la protección de la seguridad e integridad de los peatones vulnerables, que deben contar con la garantía de que las aceras sean entornos seguros y accesibles que permitan el ejercicio de su derecho fundamental a la libre circulación.

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