El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) saluda que la reforma constitucional que tiene intención de plantear el Gobierno incluya la modificación terminológica del artículo 49 de la carta magna, para consagrar la expresión “personas con discapacidad” en lugar de “disminuidos”.
Para el CERMI, sustituir el término “disminuidos” reflejado en el artículo 49 de la Constitución por el de “personas con discapacidad” o “mujeres y hombres con discapacidad” es una necesidad apremiante, pues no solo actualiza, sino que dignifica, superando un “maltrato” terminológico consagrado en nuestro texto normativo fundamental.
Bienvenido sea todo intento de corregir esta anomalía, que no es meramente lingüística; va más allá y modifica el imaginario colectivo, en el que las personas con discapacidad hemos estado depreciadas, rebajadas.
Como movimiento social de la discapacidad, desearíamos que la reforma del artículo 49 fuera más profunda, materialmente, y hemos hecho propuestas fundadas y razonables en ese sentido. Que todo lo que atañe a discapacidad pase a la sección de derechos fundamentales, que vincule efectivamente a los poderes públicos y sea exigible ante el poder judicial, etc. Esa sería la demanda constitucional de nuestro sector, a juicio del CERMI. Pero la reforma terminológica también es deseada y deseable y la consideramos un avance enorme en el plano de la imagen social.
El único término posible en virtud de este cambio es “personas con discapacidad” o “mujeres y hombres con discapacidad”, no cabe otro, es la expresión consolidada mundialmente, a la que España está obligada por compromisos internacionales en materia de derechos humanos y la que plantea y en la que se reconoce la inmensa mayoría de esta parte de la población, así como su representación social y cívica genuinas.