- Así se pone de manifiesto en la respuesta del Ejecutivo a una pregunta por escrito de la senadora de Podemos Virginia Felipe, formulada a petición del CERMI
- De los 18 centros de titularidad exclusiva del Estado español, ocho cuentan con estudiantes con discapacidad entre su alumnado
La mayoría de centros docentes no universitarios de titularidad exclusiva del Estado españolen el extranjero carecen de las condiciones mínimas de accesibilidad universal para garantizar el acceso en igualdad de condiciones a estudiantes con discapacidad.
Así se desprende de la respuesta del Gobierno a una pregunta formulada por escrito por la senadora del Grupo Parlamentario de Podemos Virginia Felipe, a propuesta del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad(CERMI), entidad que viene denunciando desde hace años el incumplimiento por parte de la red de colegios españoles en el exterior de las condiciones de inclusión, atención a la diversidad y accesibilidad requeridas legalmente.
Pese a la falta de accesibilidad de muchos colegios, el Ejecutivo precisa que todos los centros de reciente creación, y uno que está previsto construir en Rabat (Marruecos), reúnen las condiciones de accesibilidad exigidas por la legislación española y la del país en el que se encuentran. Además, desde el Ministerio de Educación, Cultura y Deportese trabaja para adecuar las condiciones de accesibilidad de centros de mayor antigüedad, como los ubicados en Londres, París (Colegio Español García Lorca), Roma o en algunos centros de Marruecos.
Con respecto a los protocolos de atención y apoyo al alumnado con discapacidad, de los 18 centros cuya titularidad corresponde exclusivamente al Estado, solamente el María Moliner de Andorra dispone de educadores especializados facilitados por el Gobierno local, en este caso el andorrano. Este centro destaca también por ser el que mayor presencia de alumnos con discapacidad posee (el 6,1% del total).
En general, de los 18 centros, ocho tienen estudiantes con discapacidad entre su alumnado. En la mayoría, es el profesorado quien refuerza y atiende las necesidades no solo de los estudiantes con discapacidad, sino de quienes sin contar con dicho certificado tienen necesidades educativas especiales.
Al margen de estos datos, la respuesta del Gobierno explica que los centros docentes de titularidad en el exterior tienen entre sus objetivos la difusión de la lengua, la educación y la cultura españolas en el exteriory se dirigen indistintamente a alumnado español y extranjero, por lo que su objetivo último no es la escolarización de todos los alumnos españoles residentes fuera del territorio nacional.
Así, según el Gobierno, por el principio de territorialidad de las leyes, el Estado español tiene obligación de escolarizar a todos los residentes en territorio nacional en edad de escolarización obligatoria, independientemente de su nacionalidad, pero no de los españoles en el extranjero, cuyo derecho a la educación queda garantizado por el país de acogida. Por lo expuesto, en estos centros se aplican criterios de admisión y permanencia en función del rendimiento académico.
A juicio del CERMI, es inadmisible que sigan existiendo barreras físicas, tecnológicas y carencia de apoyos que dificulten el acceso en igualdad de condiciones a personas con discapacidad en los centros españoles en el extranjero, lo que vulnera la legislación nacional en materia de educación inclusiva y la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad. Además, es fundamental la igualdad de trato y la no discriminación por razón de discapacidad, ya que no es admisible la no admisión de alumnado con discapacidad, como ha ocurrido en casos sangrantes denunciados por el CERMI, aunque no exista obligación de escolarizar por encontrarse los centros fuera del territorio nacional. El criterio único de la valoración del esfuerzo y los resultados académicos puede resultar discriminatorio, si su aplicación deja atrás a estudiantes con discapacidad, puesto que estos colegios deben también reflejar en su funcionamiento la diversidad que compone la sociedad, de la que las personas con discapacidad forman parte y deben gozar de todos los derechos.
En esta línea, es imprescindible garantizar los medios humanos y materiales que garanticen los apoyos necesarios para que todo el alumnado con discapacidad pueda cursar sus estudios con las mismas oportunidades, obligaciones y derechos que el resto del estudiantado. Y es que, todos los centros educativos españoles, estén o no en territorio nacional, están obligados a cumplir las exigencias legales y morales de inclusión para con las personas con discapacidad.